Radio Perspectiva de Clase

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jueves, 31 de mayo de 2012

Encuentro por la vida, contra el saqueo y la contaminación


(Agencia Walsh)
CORDOBA_NO_A_LA_MEGAMINERIA_Mayo_2012(AW) Vecinos autoconvocados, asambleas ciudadanas y grupos sociales de Córdoba, preocupados por las consecuencias de la megaminería contaminante, los agrotóxicos, la violencia en los desmontes y desalojos, entre otros temas, se pronunciaron en defensa de los cerros, la fuente de agua y la vida, el sábado 19 de mayo en Capilla del Monte.


En la primera parte del encuentro se realizó una puesta en común de las situaciones que se viven en las distintas regiones. En una segunda etapa se efectuaron propuestas y acciones a seguir.
Las principales resoluciones fueron las siguientes:


- Se dará un fuerte apoyo a las movilizaciones que tendrán lugar en Córdoba Capital con motivo del juicio a los fumigadores del Barrio Ituzaingó, donde se espera la primera condena latinoamericana por envenenamiento con agrotóxicos.


- Se confeccionará un listado de las principales demandas y propuestas socioambientales cordobesas, que se convertirá en una campaña a compartir con toda la población, instituciones, sindicatos, entre otras.


- Se realizará un fuerte pronunciamiento contra las escaladas represivas y contra la ley antiterrorista, expresándose gran preocupación por el aumento de la violencia en desmontes y desalojos. Se enviará una carta a Martín Fresneda, secretario de Derechos Humanos de la Nación.
- Se declaró una vez más la solidaridad con los cortes selectivos a las mineras que sostienen las asambleas cordilleranas en las zonas de Famatina, Andalgalá y Tinogasta, y se coordinarán más apoyos inmediatos.


- Ante la especulación inmobiliaria reinante y la compleja situación relacionada a la tierra y a la vivienda, se decidió profundizar el análisis acerca del impacto de los loteos, barrios privados y emprendimientos turísticos, buscando unificar acciones para el cuidado de fuentes de agua y vegetación.


- Se resolvió continuar con la realización de encuentros cordobeses, el próximo se hará en Anisacate en los primeros días de septiembre.


- Se continuará y reforzará la presentación de proyectos de ordenanzas municipales para fomentar el reciclado, prohibir las fumigaciones, promover la construcción natural y las energías alternativas.


- Se denunciará -con acciones a determinar- la impunidad con que se manejan los funcionarios provinciales de las áreas de salud, ambiente y justicia, sin dar respuestas a las crisis existentes.


- Se decidió intensificar la práctica de formas respetuosas de interacción con la naturaleza en la vida cotidiana, tales como huertas orgánicas, baños secos, construcción natural, medicina natural, parto natural, cuidado del agua. Se invita a asistir al taller abierto de construcción de cisternas y captación de agua de lluvia el 2 de junio en San Esteban. También se propuso fomentar la realización de talleres y actividades relacionadas a un cambio de estilo de vida y desarrollo integral del ser humano.
- Se trabajará en la difusión y promoción de la nueva legislación sobre derechos de los pueblos originales, a los cuales muchos podemos acogernos para prácticas tales como el parto natural.


El encuentro se realizó al pie del Cerro Uritorco. Luego de los debates y resoluciones, hubo expresiones artísticas como una obra de teatro y una peña de artistas locales, con presentaciones de alto compromiso y calidad. El baile y los fogones vibraron hasta altas horas de la noche.


La convocatoria al encuentro también hacía referencia a la puesta en marcha de la Regional Córdoba de la Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC), dado que la mayoría de las asambleas y grupos que asistieron forman parte de dicho espacio, donde unen fuerzas las asambleas socioambientales de Argentina. Este proceso continuaría en el encuentro de Anisacate en septiembre próximo.
Entre otros, estuvieron presentes:
Colectivo de Artistas de San Marcos Sierra 
Colectivo Paren de Fumigar Córdoba
Semillas del Sur (Ciudad Parque)
Taller del Dragón (Anisacate)
Grupo de Reflexión Rural Córdoba
Asamblea del Faldeo del Uritorco
Peperina Rebelde
Red por el Uso Responsable del Agua de Traslasierra
Vecinos de Traslasierra por el Ambiente
Córdoba Ciudad Despierta
Vecinos Parque Siquiman
Vecinos de Las Gemelas
Ferias Intercambio de Semillas y Saberes de Traslasierra
Villa Giardino Despierta
ONG Los Manantiales de Río Ceballos
Médicos de Pueblos Fumigados Córdoba
Carlos Paz Despierta
Asambleas Unidas de las Sierras
Consorcio de Prevención de Incendios Forestales (Champaquí, Traslasierra)
Grupo de Teatro Pura Verdura Córdoba 
Asamblea No a la Megaminería Córdoba
Autoconvocados de Punilla
Guardianes del Monte (Mendiolaza)
Trashumantes Córdoba y Vertientes de Saldán
Además de los colectivos presentes, participaron muchas personas independientes, que hicieron valiosos aportes a la construcción de la agenda y a las propuestas.
Encuentro Cordobés por la Vida, Contra el Saqueo y la Contaminación
E-mail: encuentrocordobes@gmail.com

miércoles, 30 de mayo de 2012

ARTÍCULO 231-BIS DEL CÓDICO PENAL


(Agencia Walsh)
Una norma inconstitucional para perseguir la lucha social.
Represin(AW)"La grosera y abierta contradicción de esta norma con parámetros elementales de legalidad y con nuestra Constitución Nacional exige su inmediata derogación y resulta responsabilidad ineludible de las organizaciones políticas, sociales y de derechos humanos bregar en ese sentido. Somos conscientes de que no se termina la política represiva del Estado con la derogación de una o más leyes. Pero la pelea contra la represión institucional debe darse en todos los planos, poniéndole límites, mostrando el objetivo de disciplinamiento político que conlleva y de la mano de la lucha popular. Porque sin cambios en las estructuras sociales, sin cambio estructural, es claro que una sociedad injusta requiere de mecanismos que garanticen el mantenimiento de esa situación, contra todo el que se rebele, se organice y pelee". Parte, del sustancioso enfoque del abogado Martín Alderete sobre el nefasto artículo del código penal.


Consideraciones Jurídicas respecto al art. 213 bis CP
El capítulo V del Título VIII del Código Penal, que refiere a los Delitos contra el Orden Público, contiene, bajo el título de "Otros atentados contra el orden público", el artículo 213 bis, que reprime a quien "organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el art. 210 (del Código Penal), tuvieren por objeto principal o accesorio imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación. La pena prescripta para quienes encuadraren su conducta en la descripción típica, asciende a un mínimo de tres años y a un máximo de ocho años de prisión o reclusión".
De acuerdo a lo que reza el artículo y haciendo una primera aproximación a la hermenéutica de un sistema constitucional liberal, como es el que rige a nuestro país, se trata de un tipo penal manifiestamente contrario a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento. El artículo habilita con su letra a que el Estado se enmarque en un modelo de derecho penal de autor, propio de regímenes autoritarios, sin ajustarse a las exigencias del derecho penal de acto que nuestra Constitución Nacional construyó para su sistema punitivo. 
Este artículo del Código Penal reprime y criminaliza una "asociación lícita", a un grupo de personas que no comete delito alguno (ya que sino estarían acusados de asociación ilícita o de los delitos específicos que cometan), y lo que se castiga es el hecho de querer imponer "ideas" o "combatir las ajenas" por la "fuerza o el temor". Es groseramente evidente que esta disposición penal tiene como único objeto ser una herramienta para perseguir políticamente, ya que se deja a criterio judicial el establecer que "ideas" se quieren imponer o combatir, y sobre todo qué se interpreta como "fuerza o temor".
Pero lo más importante es que está "fuerza o temor" con la que se querrían imponer las ideas, según la definición de la ley, en ningún caso se trata de delitos. Es decir, si la organización tuviere el objetivo de cometer actos de fuerza o temor que constituyan delitos, a los fines de imponer sus ideas (como por ejemplos amenazas, extorsión, coacción, etcétera) estaríamos frente a una asociación ilícita. Entonces la letra del artículo 213 bis del Código Penal sanciona acciones que no constitiuyen delito alguno, que no afectan derechos de terceros ni bienes jurídicos. 
Teniendo en cuenta que en el marco de las acciones políticas siempre hay lucha de ideas, especialmente en una sociedad dividida en clases, donde los sectores populares sufren diariamente la opresión y limitación de derechos fundamentales como el derecho al trabajo, a la vivienda digna, a la salud, a la educación e inclusive a la integridad física o a la vida, es evidente que los reclamos y mucho más los organizados, van a tener por objeto "imponer" las demandas que son soslayadas por el Estado y negadas por el poder económico que dicta los lineamientos de la realidad social. Siempre se puede interpretar que se quieren "imponer" tales ideas y en un contexto social como el mencionado, los reclamos son contundentes y fuertes. Movilizaciones, huelgas, reclamos sindicales y barriales, manifestaciones políticas por hechos represivos; en todos estos casos y en muchos más se podría entender con este artículo 213 bis que se quieren imponer ideas. Y muchas veces es así: se plantean reivindicaciones justas y ante la inacción oficial se llevan adelante movilizaciones, medidas de fuerza, etcétera. Todas ellas podrían ser criminalizadas por este inconstitucional artículo del Código Penal.
Es que la letra del artículo en cuestión no se compadece con las libertades más elementales que un Estado de Derecho debe resguardar, o al menos que se quiere reflejar con el esquema constitucional, los tratados internacionales de derechos humanos y las leyes. Se trata de una disposición penal manifiestamente contraria a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento. La represión que el artículo permite desatar al Estado se enmarca en un modelo de derecho penal de autor, propio de regímenes autoritarios, es decir, se persigue y se encarcela no por hacer o dañar, sino por pensar y manifestar ese pensamiento, contrario a los intereses del poder.
Explica el actual ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Zaffaroni que "el nuevo derecho penal de autor que, en la forma de derecho penal de riesgo, anticipa la tipicidad a actos preparatorios y de tentativa (...) con lo que se quiere controlar no sólo la conducta, sino la lealtad del sujeto al ordenamiento (...) se encamina a seleccionar una matriz de intervención moral, análoga a la legislación penal de los orígenes de la pena pública pero con el inconveniente de que pretende presumir los datos subjetivos, afirmando que la responsabilidad surge de procesos de imputación basados en expectativas normativas, y no en disposiciones reales intelectuales internas del sujeto actuante. Este proceso culmina en la vuelta a la presunción de dolo, mediante una llamada normativización, que prescinde de la voluntad real." 
En un país donde no hay pena sin delito y no hay delito sin conducta típica (según dispone el artículo 18 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos) debe respetarse el principio de lesividad, es decir, debe existir un daño, una lesión a un bien jurídico para que el tipo penal sea constitucional. Pero el artículo 213 bis del Código Penal no exige lesión alguna para ser empleado por los jueces. Por el contrario, permite a los jueces penar aun ante la inexistencia de acción dolosa alguna, e incluso ante acciones tuteladas por nuestra Constitución, como la protesta social, la libertad de expresión y de pensamiento.
De hecho, el Estado utiliza todo el repertorio del Código Penal para perseguir y criminalizar la protesta. Recientemente se ha presentado una investigación realizada por diversos organismos de derechos humanos (AEDD, CADEP, CEPRODH, CADHU, APEL y Liberpueblo), quienes en una conferencia de prensa realizada el 23 de marzo de 2012 dieron a conocer un Archivo de Casos de Judicialización de la Protesta que da cuenta de la existencia de más de 4000 compañeros judicializados en causas penales, en su mayoría iniciadas desde el 2003 hasta el 2012. En este informe se refleja cómo el Estado criminaliza las acciones de protesta, haciendo caso omiso al derecho constitucional a la protesta, al derecho de huelga y al de peticionar a las autoridades. Reclamos sindicales donde se imputa a los trabajadores de amenazas por su reclamo, de usurpación por hacer asambleas en su lugar de trabajo; movilizaciones populares donde se imputa el delito de corte de ruta; reclamos de tierra y vivienda donde se acusa de usurpación o turbación de la posesión; marchas donde luego de reprimir se acusa de atentado y resistencia a la autoridad, para dar sólo algunos ejemplos.
En este marco, el art. 213 bis del Código Penal por su capacidad represiva a expresiones ideológicas, se ha utilizado específicamente para la persecución política, para la estigmatización de expresiones populares. Aunque esta disposición resulta tan contradictoria con todo el esquema legal y supralegal, que pocos tribunales lo han utilizado.
La utilización del art. 213 bis en casos concretos
Recientemente, el día 5 de agosto de 2011, la Cámara Nacional de Casación Penal, que es el máximo Tribunal penal del país, procesó a seis manifestantes por haber concurrido a expresarse contra las políticas criminales del Estado de Israel el día 17 de mayo de 2009 en el marco del acto de aniversario de la creación de ese Estado. No es novedoso que se persiga y procese a militantes por hechos de protesta social; lo diferencial en este caso es que se les achaca: "prepotencia ideológica" (art. 213 bis del Código Penal) por querer imponer ideas o combatir las ajenas por la "fuerza o el temor" y por violar la ley 23.592 (ley antidiscriminación) ya que se asimila la crítica al Estado de Israel con planteos antisemitas.
Ante este panorama los militantes que en su momento integraban el Frente de Acción Revolucionaria (FAR) podrían enfrentar condenas que van de los 4 a los 12 años de prisión. Es así que Damián Vekelo, Roberto Martino, Viviana Segovia, Leonardo Del Grosso, Daniel Terzano y Osvaldo Vázquez, podrían ir presos por un tiempo considerable si son condenados en juicio.
Esta decisión del máximo Tribunal penal del país resulta sumamente grave por varios motivos. En primer lugar porque aplica una figura penal abiertamente inconstitucional, que criminaliza y penaliza posiciones ideológicas. Por otra parte porque aplica esta figura y además considera que se trata de una agrupación antisemita, a una organización política que realizó una manifestación pública, con pancartas y panfletos contra la política criminal del Estado de Israel, hecho reconocido por gran parte de la comunidad internacional y por la propia ONU (según surge del informe Goldstone).
Por otra parte, es el primer caso en el marco de un gobierno constitucional desde 1983, que un grupo de militantes son enviados a juicio oral y público con la acusación de "prepotencia ideológica", con la posibilidad concreta de ser condenados por sus posiciones ideológicas, de ser privados de su libertad por lo que piensan y no por lo que hacen, al mejor estilo de gobiernos abiertamente autoritarios y fascistas, contrariando principios internacionales en materia de derechos humanos y la propia Constitución Nacional.
Desde la recuperación institucional en adelante, en el marco de distintos gobiernos constitucionales se ha perseguido la lucha popular. A medida que el pueblo comenzó a llevar adelante acciones y a cuestionar más activamente la realidad de miseria y exclusión, los distintos gobiernos respondieron criminalizando y judicializando las luchas. En los últimos años apareció en primer plano la política de judicializar la protesta y perseguirla con "la ley penal en la mano". 
Esta forma de reprimir al activo militante mediante la legislación penal no es novedosa. Desde principios del siglo XX se crearon leyes especialmente destinadas a la represión política. Vale recordar la "Ley de Residencia" (ley 4144 de 1902) y la "Ley de Defensa Social" (ley 7029 de 1910), que castigaba con penas que iban desde la expulsión del país hasta la pena de muerte para los que "perturbaran el orden público", definido a conveniencia del gobierno de turno y utilizado para la criminalización del activismo sindical combativo, especialmente socialistas y anarquistas. Desde entonces, gran parte de las leyes penales han sido creadas, tanto por gobiernos civiles como militares, a la medida de la protesta social y política.
Muchas leyes son creadas, modificadas y agravas o utilizadas a los fines de reprimir al activo político y militante. El origen del artículo 213 bis del Código Penal data de la presidencia de Arturo Illia, con la sanción de la ley 16.648, que establecía una redacción muy similar a la del artículo hoy vigente. Debe destacarse también que la pena era considerablemente menor que la vigente actualmente -prisión de un mes a tres años, cuando actualmente es de tres a ocho años- .
Luego, la ley 16.648 fue derogada por la 17.567. Más tarde, la ley 20.509 le dio nuevamente vigencia hasta que, por medio de la 20.642 del año 1974, el artículo cobró su redacción definitiva. Debe señalarse que la aprobación nuevamente de esta ley en el año 1974 fue producto de un proyecto enviado al Congreso por el entonces presidente Juan Domingo Perón, en el marco de leyes "antisubversivas", creando nuevas figuras delictivas y propiciando particularmente la agravación de las penalidades previstas para ciertos delitos contra la libertad, la propiedad, la seguridad pública y el orden público. Durante el gobierno de Raúl Alfonsín, muchas de las leyes "antisubversivas" fueron derogadas mediante la ley 23.077, dejando vigente al art. 213 bis del Código Penal.
El art. 213 bis se ha aplicado en también en varias oportunidades anteriores, siempre a acciones de protesta social, pero tanto doctrinarios como jueces han expresado explícitamente las consecuencias de su aplicación en relación a la represión de manifestaciones políticas e ideológicas.
En el año 1993, la Sala I de la Cámara Federal expuso en este sentido: "En primer término la señora juez ha entendido, y así se desprende de la lectura del auto recurrido, que pertenecer a una agrupación política y/o sindical que confronta en forma virulenta con la política gubernamental -en especial la económica-; participar en marchas en apoyo de los reclamos del sector pasivo; acompañar a trabajadores cesanteados en huelgas de hambre y solidarizarse con actos de organismos defensores de los Derechos Humanos implica organizarse en los términos del artículo 213 bis del código penal para imponer las ideas por la fuerza o el temor o combatir por igual medio las ajenas (...) nada surge que haga presumir que la Conat y el Partido de la Liberación constituyan una organización distinta a la de un partido político en el caso de la segunda, u otra de similares características -poco importa para el caso que posea personería en la Capital- que profesando ideas de izquierda marxista, confrontan con un sistema político-social que juzgan injusto y bregan por la hegemonía de un modelo de organización social, política y económica acorde con aquel ideario al cual adhieren, pero sin incurrir (o al menos pronosticarse con alguna certeza) en actos de intimidación pública , terrorismo u otros cualesquiera de carácter ilícito, más allá de la eventual e hipotética conducta de alguno de sus miembros. Va de suyo que la pertenencia a una agrupación sindical o política y la consecuente exteriorización de adhesiones o disensos con la gestión del poder constituido, sea mediante marchas populares, reuniones callejeras u otra forma similar de peticionar a las autoridades y trasuntar el malestar no significa más que el ejercicio de los derechos constitucionales propios de los ciudadanos que habitan un Estado de Derecho inscripto entre las democracias occidentales liberales (...) "Se yergue clara la gravedad de la confusión cuando ella fluye desde un órgano de un poder de un Estado democrático, y es así que mediante este resolutorio habrá de ponerse coto a la situación" (CN Fed. Crim. Correc., sala I, 14/01/93, Vera, Mario E. y otros)
En otro precedente de la misma Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, advirtiendo las peligrosas aristas de esta figura penal ha sostenido que: "Debe ponerse especial énfasis en la cautela que debe guiar a los tribunales para la interpretación de tipos penales que involucran expresiones ideológicas aún de aquellas como las que se evalúan en estas actuaciones, ante el peligro de la afectación de garantías constitucionales relacionadas con la libertad de expresión y de ideas tal como lo señaló la Corte Suprema de los Estados Unidos en los fallos ‘United States vs. Schwimmer'..." (C. C. y C. F. Sala I, Caviasca y otros s/ procesamiento, registro nro. 485, 03-07-1997).
Como sabemos es ya un lugar común aquella máxima que indica que las resoluciones judiciales deben ser la derivación razonada de la ley vigente con expresa aplicación a las constancias de la causa; siendo que el concepto de ley vigente incluye a la Constitución y a los tratados internacionales a ella incorporados. Y aún más, su observancia irrestricta debe impregnar toda decisión judicial, so pena de convertir el concepto de Constitución Nacional en una frase hueca.
Entonces, en el caso del art. 213 bis CPN entendemos que se ha configurado esta grave situación. Ello, toda vez que, se trata de una disposición censurable por producir una manifiesta afectación al principio de inocencia y de responsabilidad penal personal o culpabilidad por el hecho propio (corolario del principio de legalidad) con expreso amparo de nuestra Constitución Nacional. Estamos frente a un tipo penal abierto, que permite al juzgador avanzar sobre conductas privadas con menoscabo de las garantías tuteladas en los arts. 14, 18 y 19 de la Constitución Nacional. El artículo 213 bis no establece ningún parámetro objetivo de apreciación limitante sino que se remite por entero a un juicio de valor subjetivo del juzgador, facilitando su aplicación a movimientos políticos, partidarios, sociales, etc, organizaciones que, además, gozan de reconocimiento constitucional.
El artículo 19 de la Constitución Nacional consagra indudablemente en el campo penal un orden bifronte: 1º lo único que puede ser objeto o materia de prohibición son acciones; 2º esas acciones deben presentar características determinadas por ley y deben afectar derechos de terceros. Estas dos variables no son más que la consagración explícita de la garantía del derecho penal de acto. Y esto es lo que viola abiertamente el art. 213 bis.
Ante la grosera inconstitucionalidad de la norma que aquí se cuestiona, se presentaron diversos proyectos de ley de derogación del art. 213 bis del Código Penal. El último de ellos ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación en fecha 24-04-2008 (expte. 1740-D-2008) precisamente atendiendo a su inconstitucionalidad, presentado por la bancada del ARI y suscripto entre otros por los diputados Adrián Pérez y Marcela Rodríguez.
El aludido proyecto se fundó en que "La letra del artículo en cuestión no se compadece con las libertades más elementales que un estado de derecho debe resguardar. Se trata de un tipo penal manifiestamente contrario a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento. La represión que el artículo permite desatar al Estado se enmarca en un modelo de derecho penal de autor, propio de regímenes autoritarios, sin ajustarse a las exigencias del derecho penal de acto que nuestra Constitución Nacional construyó para su sistema punitivo."
También se sostuvo que "...a menos que se pretenda castigar la mera ideología, penar el pensamiento, el artículo bajo estudio es absolutamente innecesario para nuestro sistema de justicia (...) la conformación y el ser parte de una agrupación no subsumida en el tipo que reprime la asociación ilícita (una agrupación no destinada a cometer delitos), no puede estar penada en un estado de derecho. Como vimos, esto no equivale a dar impunidad a los delitos motivados ideológicamente ya que, como dijimos, ellos igualmente deben ser reprimidos, pero no por el motivo ideológico que les diera causa, sino por el delito en sí (...) Penar la mera conformación o pertenencia a agrupaciones con determinadas ideologías puede encontrar dos tipos de justificación. En primer lugar, obedeciendo la represión a impedir la conformación de grupos con determinadas ideologías, lo que es aberrante para el derecho liberal. En segundo lugar, bajo el pensamiento de que penando la conformación o pertenencia al grupo se logra evitar la eventual comisión de delitos de los que la agrupación podría valerse para imponer sus ideas o combatir las ajenas. Un razonamiento como el segundo induce a producir un adelantamiento en la represión estatal, que tal vez pueda permitirse para casos como el de la asociación ilícita, donde la intervención está dirigida a impedir la comisión de delitos, pero nunca cuando esa posibilidad no se verifica. Este adelantamiento es propio de un derecho penal de autor, que no pena conductas sino, en este caso, peligrosidad social."
De hecho, como fuera dicho, esta figura penal ha sido utilizada para reprimir las más variadas manifestaciones de protesta, apuntando ya no a la represión de conductas puntuales jurídicamente disvaliosas sino directamente hacia las organizaciones políticas o sociales con el fin de ilegalizarlas. 
El proyecto de ley cita un artículo del periódico Página 12 (http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/11100-4571-2002-10-06.html) que fuera publicado a raíz de la aplicación de esta figura a 108 participantes de una manifestación de desocupados en Jujuy, y allí se dijo que "Incorporado al Código en 1984, los penalistas consultados por este diario calificaron tal figura como un ‘resabio de la dictadura'. Para el abogado David Baigún, titular de la cátedra de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la UBA, los antecedentes directos de esta figura deben buscarse en los artículos 210 bis y 210 ter. del código vigente en la época de la dictadura, que aplicaban penas de 5 a 12 años ‘si la asociación disponía de armas de fuego o utilizaba uniformes o distintivos de tipo de militar' (es decir que fueron redactados pensando en la guerrilla) y fijaban ‘pena de muerte, reclusión o prisión perpetua para los intervinientes' si ‘la asociación tuviere fines subversivos'. ‘Todos estos artículos se eliminaron en el ‘84', puntualizó Baigún, ‘pero dejaron este tipo especial. Debió ser derogado, pero no lo fue y nos quedó como una rémora'. El abogado Juan Carlos Capurro, asesor jurídico de la CTA, señaló que el 213 bis ‘involucra a toda la organización a la cual pertenezcan los detenidos, ya que señala que el delito se comete por el sólo hecho de ser miembro de la asociación', lo que implica ‘ilegalizar las organizaciones opositoras bajo formas seudolegales'."
Es que como se desprende de la jurisprudencia, esta figura típica ha sido sistemáticamente utilizada para ilegalizar (al menos lo han intentado) distintas organizaciones sociales y políticas, máxime si se observa la jurisprudencia entre los años '90 a 2004, aproximadamente, en clara coincidencia con momentos históricos de alta conflictividad social. Porque precisamente este tipo del art. 213 bis no se estructura en función de una lesión al bien jurídico sino en virtud de lo que se entienda coyunturalmente como síntomas reveladores de "peligrosidad política" en sentido lato.
Es un principio materialista irrefutable que los hombres, más allá de la conciencia que tengan o crean tener de sí mismos, son lo que sus actos materiales y concretos son. De ahí que la aplicación sistemática de este y otros tipos penales de similar factura no es "inocente", sino que explicita cierta articulación de poder (represivo) dentro de un campo de intervención (lo social) atravesado por contradicciones y conflictos de índole diversa.
No puede perderse de vista que nos encontramos justo en el lugar de la administración del castigo. Es aquí donde se hace real el ejercicio de la violencia cuyo monopolio detenta el Estado. Es así que aquí se administra castigo, pena, cierta dosis de sufrimiento. Ahora bien: ese monopolio, en términos constitucionales, en acto del ejercicio de la violencia será legítimo en la medida en que sea razonable (y, por tanto, controlable), proporcionado (respetando el principio de humanidad) y entendido como la última ratio. Porque en un Estado de Derecho, sostenido y encuadrado en la Democracia Republicana liberal, el concepto mismo de Estado de Derecho lleva ínsita la idea de poder limitado. Más aún, cuando se trata del ejercicio de un poder de alta intensidad, como lo es el penal; los límites al mismo se incrementan considerablemente, pues las consecuencias de su uso abusivo son infinitamente más dañosas.
Como vemos lo que subyace en la inteligencia que anima a esta norma penal, no es más que problemática política resuelta en represión. Pero sean cuales fuesen nuestras miradas políticas, lo concreto es que dentro de nuestro ordenamiento jurídico-constitucional se impone una jerarquía de derechos indiscutibles que obliga a los jueces a su irrestricto respeto. Desde ese lugar, pues, el art. 213 bis CPN articula una manifiesta iniquidad que lo descalifica constitucionalmente.
Una norma represiva e inconstitucional
Para finalizar debe destacarse que la política de criminalizar la protesta y de perseguir la lucha popular con el aparato penal del Estado ha sido, es y será una constante en una sociedad que relega a importantes sectores de la población a la marginación. Cuánto más fuerte y organizada sea la resistencia o el avance contra esta formación política, económica y social, más dura será la respuesta del Estado, con herramientas legales o extralegales. Nuestra historia y la historia de los más de 200 años de capitalismo en el mundo lo demuestran.
Sin embargo, con todo lo reseñado podemos ver como los propios Estados crean leyes a la medida de la persecución política que contradicen sus propias constituciones y los tratados internacionales de derechos humanos que suscriben, con el argumento de que son Estados de Derecho y que respetan los límites que se autoimponen. Todo esto es una falacia y surge de manera evidente en el caso la inconstitucionalidad del art. 213 bis del Código Penal, y su utilización como herramienta para la persecución, judicialización y criminalización de hechos de protesta social y política. Hoy son 6 militantes que deberán enfrentar un juicio oral y público con esta acusación. Tenemos una vasta experiencia en cómo se han utilizado figuras penales para reprimir conflictos sociales y esta norma ha sido utilizada y seguramente lo será en el futuro en este sentido.
La grosera y abierta contradicción de esta norma con parámetros elementales de legalidad y con nuestra Constitución Nacional exige su inmediata derogación y resulta responsabilidad ineludible de las organizaciones políticas, sociales y de derechos humanos bregar en ese sentido. Somos conscientes de que no se termina la política represiva del Estado con la derogación de una o más leyes. Pero la pelea contra la represión institucional debe darse en todos los planos, poniéndole límites, mostrando el objetivo de disciplinamiento político que conlleva y de la mano de la lucha popular. Porque sin cambios en las estructuras sociales, sin cambio estructural, es claro que una sociedad injusta requiere de mecanismos que garanticen el mantenimiento de esa situación, contra todo el que se rebele, se organice y pelee.
Martín Alderete

lunes, 28 de mayo de 2012

Homenaje al documentalista Raymundo Gleyzer


(Agencia Walsh)
3_MURAL_EN_LA_PLAZOLETA_RAYMUNDO_GLEYZER(AW) En homenaje al cineasta y periodista Raymundo Gleyzer, secuestrado el 27 de mayo de 1976 por un grupo de tareas de la dictadura militar, se colocará una baldosa con su nombre en la vereda de Luis Beláustegui 2543, La Paternal, Ciudad de Buenos Aires, donde vivió durante su infancia. El acto será el sábado 2 de junio a las 11.30.
Liliana Giambelluca (Especial para Agencia Walsh)
En el marco de los actos por la memoria de Raymundo Gleyzer, a 36 años de su desaparición, sus familiares, la "Comisión por la Memoria y la Justicia de La Paternal y Villa Mitre", "La Paternal Cine Ambulante" y el "Grupo Rev(b)elando Imágenes", invitan al acto y colocación de una baldosa con su nombre en la vereda de la casa que habitó en su infancia, Luis Beláustegui 2543, La Paternal, Ciudad de Buenos Aires.
El acto será el sábado 2 de junio a las 11.30; si llueve, pasa al sábado siguiente, a la misma hora.
La construcción de la baldosa se realizó este mes en la Plazoleta Raymundo Gleyzer, ubicada en Donato Álvarez y Espinosa, de La Paternal. Además de los integrantes de la Comisión por la Memoria y Justicia participaron amigos y compañeros, como así también Greta y Benjamín, hermana y cuñado de Raymundo.

Cine con identidad latinoamericana
1_BALDOSA_RAYMUNDO_GLEYZERLa obra de Raymundo Gleyzer forma parte de la historia del cine documental de América Latina. Tenía 20 años de edad cuando abandonó sus estudios universitarios en la Facultad de Ciencias Económicas y se inscribió en la Escuela Superior de Cine de la Universidad Nacional de La Plata.
En 1963 comenzó sus primeros trabajos desde una perspectiva etnográfica y periodística; luego incursionó en un cine de carácter militante, de fuerte cuestionamiento y denuncia social.
Para Gleyzer el cine era un arma de contrainformación, un instrumento para los excluidos sociales. A los obreros, aborígenes y campesinos les dedicó su obra, mostrando las condiciones de desigualdad social en la que vivían.
En una ocasión dijo: "El problema fundamental cuando hacemos un filme, es plantearse a quién está destinado ese producto. De teorías podríamos hablar varios días, el problema es cómo llegar a un hombre concreto, a ese que se está jugando el pellejo, que se está jodiendo la vida trabajando en una fábrica y que tiene derecho a que por lo menos le aportemos un mensaje, contribuyamos a su propio esclarecimiento".
En 1973, con el objetivo de llevar al cine a los protagonistas de sus documentales, creó el grupo "Cine de la base".

2_CARTEL_PLAZOLETA_RAYMUNDO_GLEYZERFue una época donde se organizaban proyecciones para el debate: "Los Traidores" de Gleyzer, "Informes y testimonios. La tortura política en la Argentina, 1966-1972" de Diego Eijo (h) y "Operación Masacre" de Jorge Cedrón, basada en la novela de Rodolfo Walsh, entre otras películas. Los encuentros se realizaban en distintas ciudades del país.
Las películas de Gleyzer eran filmadas y estrenadas clandestinamente. La Alianza Anticomunista Argentina (AAA), creada por José López Rega en 1973, lo tenía en la mira.
A medida que la situación política empeoraba en la Argentina, la militancia del cineasta creció. Quería crear salas de cine dentro de las villas, sólo con lo necesario, un proyector y sillas en algún espacio. Nunca llegó a concretarlo.
En 1974 dijo: "Nosotros no hacemos films para morir, sino para vivir, para vivir mejor. Y si se nos va la vida en ello, vendrán otros que continuarán".
El 27 de mayo de 1976, Raymundo Gleyzer fue secuestrado por un grupo de tareas en la puerta del Sindicato Cinematográfico Argentino (SICA) y permanece desaparecido hasta hoy. De esta forma, la dictadura intentó silenciar a uno de los más talentosos y coherentes referentes del cine social latinoamericano. En su memoria, cada 27 de mayo se celebra el Día del Documentalista.
Casado con Juana Sapire, tuvieron un hijo, Diego, quien escribió el relato "Un Héroe". En un párrafo así describe a su padre: "Para él, la libertad estaba en el poder. No poder tomado, sino ganado. Nunca con la represión, sino abriendo la mente con la liberación".
Buenos Aires, 28 de mayo de 2012
Fotos cedidas por la "Comisión por la Memoria y la Justicia de La Paternal y Villa Mitre"

Movilización de los choferes de ECOTRANS


CONTRA LOS DESPIDOS DE CIRIGLIANO
(Agencia Walsh)
ecotrans(AW) Los trabajadores de Econtrans realizarán hoy a las 11.30 una movilización ate el envío de 40 nuevos telegramas de despido.  La actividad será frente a la Secretarìa del Ministerio de Trabajo en Morón, donde se efectuará una audiencia con la patronal y el Estado en el que rechazaremos nuevamente los despidos de los compañeros.
Comunicado de prensa
Movilización de los choferes de ECOTRANS. No a los despidos de los Cirigliano
Hace más de un mes la patronal de Ecotrans (el mismo grupo Cirigliano de TBA y Plaza) ha despedido a dos compañeros choferes de la cabecera de Morón, con falsas acusaciones que nunca pudo probar.
Frente a la lucha de los compañeros en apoyo a los injustificados despedidos; la Empresa vuelve a enviar 40 nuevos telegramas de despido. Por ahora, la conciliación dictada por el Ministerio de Trabajo los obliga a mantenerlos adentro: no es el caso puntual de los dos primeros despidos; origen del conflicto; quienes permanecemos haciendo el aguante en la carpa instalada en la propia vereda de la Empresa.
Esto es intolerable y debe ser denunciado públicamente como una práctica deshonrosa para una Empresa que aún no ha podido desentenderse de la masacre que costó la vida de 51 personas en la Estación de Once y 18 personas en la Estación de Flores hace unos pocos meses atrás.
Denunciamos que detrás de esta medida, existe el propósito de desviar la atención frente a la evidencia del estado de abandono de toda inversión que pueda mejorar las pésimas condiciones de trabajo y servicio en que se haya Ecotrans hoy, encuentra su correlato a lo ya vivido en TBA y Grupo Plaza que son empresas asociadas al Grupo Cirigliano.-
No desconocemos que en los últimos años, el gobierno alimentó a Cirigliano-TBA con miles de millones de pesos de subsidios, los que el grupo destinó a la compra de líneas de colectivos en toda la zona oeste (Ecotrans una de ellas) y hasta inversiones fuera del país. Mientras tanto, los delegados obreros que denunciaban el vaciamiento o la precarización de sus trabajadores eran acusados de ´sabotaje´, y procesados o encarcelados, y como es moneda corriente en Ecotrans, con despidos injustificados.
En medio de esta situación, el gobierno retira la concesión a TBA, para entregársela a otro vaciador Romero / Roggio, sólo después de que el grupo Cirigliano dejara al ferrocarril Sarmiento en ruinas y sin poder asegurar los servicios más elementales, situación similar en que se encuentra Ecotrans, con colectivos en mal estado, despidos arbitrarios, etc.
No queremos que Ecotrans se transforme en otro TBA, por eso para defender a los trabajadores y por un transporte acorde a las necesidades de la población nos movilizamos el lunes 28 de mayo a las 11.30 hs a la Secretarìa del Ministerio de Trabajo en Morón, donde se realizará una audiencia con la patronal y el Estado en el que rechazaremos nuevamente los despidos de los compañeros.
Reincorporación de todos los trabajadores Despedidos
Inversiones YA!!!
Un servicio eficiente para todos.-
DELEGADOS Y TRABAJADORES DE ECOTRANS
Contactos:
Carlos Pacheco 15 67437421
Ronald Armaza 15 50976429
Contacto Prensa: Mariela 1531651297 // Maura 1540555424 // Teté 1564670066 // Cecilia 1540553294 // Andrés 1558178322 // Olga 1560058303 //

Despiden trabajadores del ex diario Libre


DEL GRUPO FONTEVECCHIA
(Agencia Walsh)
7DAEl sábado 26 de mayo, de manera sorpresiva, la editorial Perfil de Jorge Fontevecchia envió telegramas de despido a ocho compañeros del ex diario Libre, en medio de una tregua pactada en el Ministerio de Trabajo donde la empresa se había comprometido a no desvincular personal tras el cierre de esa publicación.


BASTA DE DESPIDOS EN PERFIL 
¡FONTEVECCHIA, QUEREMOS TRABAJAR!
Este sábado 26 de mayo, de manera sorpresiva, la editorial Perfil de Jorge Fontevecchia envió telegramas de despido a ocho compañeros del ex diario Libre, en medio de una tregua pactada en el Ministerio de Trabajo donde la empresa se había comprometido a no desvincular personal tras el cierre de esa publicación.
Los despedidos son dos redactores, un editor periodístico, tres diagramadores y dos fotógrafos, algunos de los cuales colaboran desde hace años con la editorial. Para peor, los dos reporteros gráficos que recibieron los telegramas ya habían sido reubicados en el diario Perfil y cumplían tareas normalmente hasta el viernes.
El Colectivo de Trabajadores de Prensa y la Violeta de Prensa alertan a todo el gremio que este nuevo atropello de Fontevecchia contra los derechos de los trabajadores se produce apenas dos semanas después del cierre de las paritarias de la rama diarios de la UTPBA, que reactualizaron la vigencia del Estatuto del Periodista y el Convenio Colectivo de Trabajo para nuestro gremio. Se trata de un golpe contra los trabajadores de todos los diarios de la ciudad, que debemos responder como tal, con un solo puño.
En el último año, Perfil desvinculó a casi 100 trabajadores mediante "retiros voluntarios" que operan como despidos encubiertos, pero nunca se había atrevido a lanzar telegramas como ahora. Eso intensificó el ritmo de trabajo hasta el extremo de la explotación en toda la editorial, donde los compañeros despedidos podrían ser reubicados.
La empresa insiste en que necesita "desprenderse de personal" por falta de fondos, pero tuvo el dinero para pagar al menos 20 "retiros voluntarios" en el último mes, muchos de ellos por sumas muy elevadas. Además, sigue facturando millones con Caras Brasil y otros emprendimientos en el exterior.
Apelamos a la solidaridad de las asambleas de todos los medios de comunicación, a la inmediata reacción de la UTPBA y también al apoyo de los "periodistas estrella" de la misma editorial que reclaman a viva voz y en TV por su derecho a preguntarle al poder político. Los compañeros de Libre pelean por un derecho más elemental, sin el cual no hay chances siquiera de preguntar. Quieren trabajar.
Contacto para notas periodísticas y adhesiones:
Leandro Vila (periodista, despedido de Libre Deportivo): 154 163 7704
Pablo De los Santos (diagramador, despedido de Libre Deportivo): 152 181 7356


Colectivo de Trabajadores de Prensa y Lista Violeta de Prensa /// 26-5-2012

Dejó de circular definitivamente el tren que unía Argentina y Uruguay


(RR) Ramal que cierra... (el menemismo sigue vigente)
Se cierra un nuevo capitulo en la historia del tren que unía Argentina y Uruguay.
Utilizado más como promesa de campaña política que como un medio de transporte serio que nos permita llegar al vecino país de una manera mas económica y ecológica. Desde su reinauguración, el sistema evidenció un completo desinterés de parte ambos paises en recuperar un servicio que tiene muchas postergaciones, pasando desde las vías, los vagones y los salarios y las condiciones laborales de los trabajadores.
Su comienzo signó el destino que hoy conocemos, cuando la formación descarriló en su primer viaje debido al pauperrimo estado de las vías y de las formaciones, muy bien pintadas pero con carencias estructurales, y que fué ocultada y ninguneada por la prensa y el gobierno en su momento.
Este hecho puede ser tomado como una referencia de la falta de interés del estado de los medios de transporte, entregados a la corrupción y a las mafias empresariales, que desembocaron en un 22 de febrero fatídico con la masacre que sufrieron 51 trabajadores, y que hasta el dia de la fecha, no han podido encontrar una justicia capaz de enviar a la cárcel a los responsables políticos y empresariales de tanta corrupción y destrucción.
¿Será el fín del tren de Argentina-Uruguay una analogía del destino de la política de los gobiernos conocidos como "progresistas", pero que en realidad son un fiel reflejo de gobernar para el Capitalismo en Serio?
Ese destino está sólo en manos de los pueblos.


(El Once)
La empresa TBA lo confirmó luego que el gobierno le rescindiera la línea Sarmiento. El servicio llevaría cerca de un mes sin funcionar, luego que en agosto del año pasado fuera inaugurado en un acto del que participaron Cristina y Mujica.


Luego de que el Gobierno argentino dispusiera rescindirle la concesión del Sarmiento por la tragedia de Once, la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA), que también operaba el servicio ferroviario de pasajeros entre los dos países, suspendió los viajes del denominado "Tren de los Pueblos Libres" que unía Uruguay con Argentina. En rigor, el servicio llevaría cerca de un mes sin funcionar, luego que en agosto del año pasado fuera inaugurado en un acto del que participaron los presidentes Cristina Kirchner y José Mujica. 
Según informó el portal uruguayo Últimas Noticias, el representante del Partido Nacional en el directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), Mauricio Cusano, manifestó que se está recabando información con la gerencia del ente para determinar en qué situación se encuentra el servicio. 
"Le estamos pidiendo a nuestra gerencia que nos comunique las veces que entró y si entró todas las veces que tenía que haber entrado", afirmó. 
El tema será tratado la semana próxima por el directorio de la empresa. 
El tren binacional había sido reinaugurado por Cristina Kirchner y Mujica durante un acto conjunto que encabezaron el 29 de agosto de 2011 en la ciudad uruguaya de Salto, pero su funcionamiento presentó dificultades desde el principio. 
Esa iniciativa simbolizó además el inicio de una nueva etapa en la relación bilateral entre los países vecinos tras haber logrado superar el extenso conflicto diplomático por la pastera Botnia. 
El Tren de los Pueblos Libres, se había puesto en marcha en septiembre pasado, haciendo un recorrido que unía el distrito bonaerense de Pilar con Paso de los Toros, con siete paradas en la Argentina y cinco en Uruguay, a un costo de 140 pesos. 
Pero a poco de haber comenzado a funcionar se produjo un problema con una formación que no pudo completar su recorrido por un problema con la habilitación para ingresar a territorio uruguayo.

domingo, 27 de mayo de 2012

Roggio: un caso de vandalismo empresarial


ENTERATE QUIÉN ES BENITO ROGGIO, DUEÑO DE METROVÍAS, AL QUE EL GOBIERNO DE CRISTINA K LE ENTREGÓ LOS FERROCARRILES SARMIENTO Y MITRE
(Fecha: Jueves 13 de septiembre de 2007)
Por: Lucho Aguilar (artículo de La verdad Obrera)
Viejo pirata de la patria contratista, los Roggio reciben 800 mil pesos por día para (mal) administrar los subtes. Quién es quién en el conflicto.
Es cierto. Para cualquier usuario, hacer un viaje en subte puede ser una odisea. Según el Centro de Educación al Consumidor, abundan las “escaleras anegadas, goteras y filtraciones, hay largas colas en las horas pico; anegamientos en andenes y baños; largas colas para comprar pasaje en horas pico, arbitraria ubicación de matafuegos dentro de los coches, cables sueltos en baños” (Diario Popular, 11/9). A la empresa Metrovías no le importa cómo viajan los usuarios. Menos, las condiciones en las que realizan sus tareas los trabajadores.
Para algunos puede ser peor. Antonia tiene 33 años, y se mueve en silla de ruedas. Pero de las 68 estaciones de subte de Buenos Aires, apenas siete son accesibles para discapacitados.
Durante el último año, hubo varios accidentes por problemas mecánicos, descarrilamientos o fallas en los frenos. ¿Puede ocurrir un accidente una tragedia como en Lapa o Cromañón? Por esta vía…
Hay más. Según un estudio en el que coincidieron trabajadores, técnicos y legisladores, en Metrovías se dejaron de realizar las revisiones necesarias, hay más de 300 coches excedidos en kilometraje, deformaciones en las vías, deterioros en el material rodante, durmientes rotos y con deformaciones. También se detectaron sustancias tóxicas en las carrocerías, vagones que rozan los andenes; fisuras en algunas de las zapatas de freno y tramos del tercer riel (electrificado) sin la correspondiente protección de madera. Un tren fantasma.
Con las nuevas sumas asignadas a través de los superpoderes, Metrovías ya recibió durante este año 314 millones de pesos. Son más de 800 mil pesos por día. El número impresiona.
Sin embargo, esta semana la empresa pagó costosas solicitadas y afiches para denunciar un supuesto ‘vandalismo gremial’ de parte de los delegados. Pero, ¿quiénes son Aldo Roggio y su Grupo?


El ‘doloroso parto’ de la patria contratista
Los Roggio llevan varias décadas haciendo negocios con la Argentina, pero fue desde los años ‘70 que los negociados con el Estado le permitieron multiplicar sus arcas .
Entre los más fabulosos están los que hicieron durante la dictadura militar. Los Roggio formaban parte de la Cámara Argentina de la Construcción, quienes junto a los empresarios nucleados en la APEGE llamaron al golpe militar. Entre 1976 y 1983, el grupo construyó ATC, la Central Térmica de Tucumán, el aeropuerto, los Tribunales y la Central de Policía de Córdoba, el estadio mundialista Chateaux Carreras y empezaron a recoger la basura gracias a su relación con el intendente de facto, Osvaldo Cacciatore. Ganaron en esa época 1.000 millones de dólares, se endeudaron con el Estado pero se beneficiaron con las maniobras del Banco Central.
Cuando le preguntaron sobre esa etapa, Aldo Roggio aseguró que “yo parto de que acá hubo una guerra y en la guerra pasan cosas. En ese momento yo estuve de acuerdo con la guerra contra la subversión. Ha sido un parto doloroso pero necesario para el país…” (Luis Majul, Los dueños de la Argentina).
Será como nostalgia de esa época que Aldo contrató a Miguel Angel Rovira, ex integrante de la Triple A, como uno de los responsables de la seguridad de Metrovías.


De capitán de la industria a ‘pirata del asfalto’
Con los gobiernos radicales de Alfonsín y Mestre (Córdoba), los Roggio siguieron haciendo de las suyas. Con un grupo de empresarios llamados ‘capitanes de la industria’, se repartió buena parte de las obras y servicios contratados en esos años por el Estado. Pero la fiesta vino con el menemismo.
“La década de los noventa se caracterizó especialmente por la privatización de los servicios públicos, proceso en el cual Benito Roggio e Hijos S.A. participó de manera activa”, confiesan los Roggio en su propio sitio. En licitaciones truchas se quedaron con el servicio de subtes (Metrovías), trenes (FFCC Urquiza), los peajes de varias rutas (Covisur, Coviares y Puentes del Litoral), más servicios de recolección de residuos (Cliba) y la construcción de diversas obras públicas.
Según el acuerdo con el menemismo, el 22 % de las obras eran asignadas a la empresa. Además, se le otorgó la concesión de casi 2.000 kilómetros de rutas por peaje por 13 años.
El 1 de enero de 1994, luego de una licitación escandalosa, el Grupo Benito Roggio e hijos SA se hizo cargo del servicio de subtes, y en alianza con Menem intentó avanzar sobre los derechos de los trabajadores y su organización. En poco tiempo de los 3.500 trabajadores quedaron la mitad y más tarde comenzó a montar empresas tercerizadas, que le permitieron empeorar las condiciones de trabajo y desviar parte de sus ingresos. Desde el principio, fue beneficiado por un subsidio operativo, y su plan de inversiones se solventó con recursos públicos. Sin embargo, no cumplió con la mayoría de las necesidades de mantenimiento del servicio.


Ahora la patria es Kontratista
Muchos aseguraron que el gobierno de Kirchner venía a ‘acabar con los negociados y la corrupción de los ‘90. Pero los Roggio nunca dudaron de los favores de Néstor Kirchner. El esquema se mantuvo prácticamente igual, e incluso se profundizó. Los cajeros Julio de Vido (Ministro de Planificación) y Ricardo Jaime (Secretaría de Transporte), se encargaron de renegociar los acuerdos.
Durante esta última gestión, Roggio dejó incompleta la autopista Córdoba-Rosario, pero el gobierno le adjudicó un nuevo tramo. Siguió explotando parte de los peajes, aunque las concesionarias (Macri y Roggio, sobre todo) quedaron debiendo al Estado multas e impuestos por 820 millones de pesos.
Pero sin dudas, los negociados más grandes entre el gobierno ‘progresista’ de Kirchner y los Roggio son los que se hicieron en los trenes. Metrovías opera el subte, parte de los FFCC Belgrano Cargas y San Martín.
En medio de la catarata de subsidios, la empresa sigue ahora atacando a sus trabajadores. Quiere terminar con la conquista de las seis horas, con los delegados de base.


Quién es quién
Montó un imperio con la dictadura.
Hizo negocios con los gobiernos de Alfonsín, Menem, Duhalde y Kirchner. Fue parte de la construcción de Yaciretá, el ‘monumento a la corrupción’ según el propio Menem.
Saqueó el bolsillo de millones como parte del ‘club del peaje’.
Se quedó con parte de los millonarios fondos que demandaron las autopistas, de las que quedó debiendo multas y obras.
Fugó dinero y fue beneficiado con la pesificación de la deuda en 2002.
Administra subtes y trenes con millonarios subsidios, un pésimo servicio y el peligro constante de accidentes.
No hay dudas. El de Roggio es un caso de vandalismo. Vandalismo empresarial.

sábado, 26 de mayo de 2012

Rechazo Masivo en Chaco: Fuera Yanquis de América Latina


(Red Jáuregui)
Cerca de 10 mil personas junto a referentes nacionales de partidos de izquierda participaron de un nuevo repudio a la instalación del Comando Sur en el aeropuerto internacional de Resistencia al conmemorarse más de 200 años de la Revolución de Mayo.
 Una caravana que partió del centro de la ciudad capitalina y llegó hasta el “centro de ayuda humanitaria y control de fenómenos naturales” que se construyera después de que la embajada de los EE. UU. donaran 3 millones de dólares, que comprendía el alojamiento de equipos informáticos como la militarización de parte de Comando Sur, luego de arreglos, que no se hicieron público, pero que se difundieron como políticas de gobierno donde aparecen fotos del gobernador Capitanich con jerarcas militares norteamericanos y declaraciones del mandatario dando muestra de su compromiso por “la unidad americana”, en línea con un programa nacional impulsado durante el gobierno de Néstor Kirchner
 Cerca de 40 organizaciones entre movimientos sociales, de desocupados, agrupaciones estudiantiles y sindicatos de trabajadores estatales y docentes y partidos de izquierda con la presencia de dirigentes nacionales, donde también se contó con mas de 200 adhesiones de la intelectualidad, y luchadores por los DD. HH. Concluyeron en la necesidad de la unidad y la nacionalización de lucha contra la intervención del imperialismo en pueblos latinoamericanos, el saqueo monopólico y la represión de la lucha popular. 
El rechazo a la cuarta  flota ya instalada en Sudamérica y demás bases yanquis y los gobiernos aliados, como el de CFK que así da cuenta de su contubernio con el imperialismo que tira abajo la estrategia de su doble discurso. La ley antiterrorista, la mega minería a cielo abierto por trasnacionales y hasta la política de vaciamiento de YPF van en ese sentido. 

Red Jáuregui
redjauregui@gmail.com
http://redjauregui.blogspot.com/