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martes, 23 de abril de 2013

Un grito de democratización con poco aire en el pecho


(ANRed)
Los seis proyectos de ley elaborados por el Gobierno nacional implican distintas formas de lo que el kirchnerismo llama “democratizar la Justicia”, y enfrentan diversos cuestionamientos sobre su constitucionalidad y sus objetivos políticos. Las propuestas avanzan en su tratamiento en el Congreso de la Nación, aunque ninguna pone el foco en un mayor acceso a la Justicia para los trabajadores de menores recursos, que hoy se ven privados de ella por el dinero que requieren los litigios y los tiempos que demoran las resoluciones. Por Suyai Lutz para ANRed

Por ANRed- E (redaccion@anred.org)

En las últimas semanas, el Gobierno nacional puso en la agenda la reforma del Poder Judicial y desde distintos sectores salieron a criticar y debatir el proyecto, tanto el contenido como la forma de presentación. Ahora bien, ¿de qué se trata la reforma impulsada por el Ejecutivo?

La iniciativa consiste en varios proyectos de ley que se discutieron entre el martes y jueves pasados en el Congreso. Tres de las propuestas, relacionadas con la transparencia del Poder Judicial, consiguieron el pasado miércoles la media sanción en Diputados –donde el kirchnerismo no cuenta con mayoría propia–, sin demasiadas polémicas. Estos son los proyectos de publicidad y acceso directo a las declaraciones juradas de los funcionarios (aprobado con 140 votos positivos y 101 negativos), la creación de un registro público de causas (que obtuvo 136 votos a favor y 106 en contra) y el de acceso igualitario al Poder Judicial (aprobado por 133 votos a 109), que dispone la realización de exámenes y sorteos públicos para ocupar los distintos puestos, y al cual se había opuesto el sindicato de Judiciales, dirigido por Julio Piumato, con un paro de 72 horas desde el miércoles 17 de abril.

Por otro lado, el plan de reforma judicial también implica tres proyectos de ley que sí han desencadenado un debate mayor. Uno de ellos es el que propone la creación de tres cámaras de casación: una en lo Contencioso Administrativo Federal –a la cual llegarían las causas donde el Estado nacional o sus organismos fueran parte–, una para el Trabajo y la Seguridad Social –que entendería en los reclamos de trabajadores y jubilados–, y una en lo Civil y Comercial. Esto implicaría añadir una instancia de revisión más (la tercera) de las sentencias, antes de que llegaran a la Corte Suprema. En su defensa se sostiene que esto descomprimiría de trabajo a la Corte, pero varios juristas afirman que esta reforma agravaría tanto la demora en llegar a una decisión final como los costos de los juicios. Tal es el caso del abogado constitucionalista Roberto Gargarella, quien señalo en FM La Tribu que “Si, por un lado, no se hace nada para que litigar sea menos oneroso, para que sea obligatorio tener un abogado para darle ayuda especial a los pobres y garantizar su acceso a la Justicia y, al mismo tiempo, se prologan los juicios cinco o 10 años más, ninguna persona sin recursos va a estar dispuesta a empezar siquiera un juicio con esas perspectivas”.

Otro de los proyectos que generó polémicas con varios sectores de la oposición es el que establece la modificación del Consejo de la Magistratura. Este es el órgano encargado de elegir a los jueces de los tribunales inferiores y de la administración del Poder Judicial. Actualmente está compuesto por 13 miembros: tres jueces, dos abogados, seis legisladores, un representante del Poder Ejecutivo y un representante del ámbito académico y científico. La propuesta del Gobierno ampliaría a 19 la cantidad de integrantes del Consejo de la Magistratura, con la incorporación de un abogado y cinco representantes del ámbito académico. A su vez, los jueces, abogados y académicos que integrarían el Consejo pasarían a ser elegidos a través del voto popular, en el mismo proceso en que elegimos legisladores y Presidente. Esto implica que los precandidatos se postularán en las listas de los partidos políticos, mientras que ahora los jueces y abogados son elegidos por el voto de sus pares, y el académico por el Consejo Interuniversitario Nacional.

El principal argumento de la oposición es que este cambio implica una “partidización de la Justicia” y una avanzada en contra de la independencia que debe tener el sistema judicial para ser imparcial. El kirchnerismo, por su parte, esgrime que el proyecto es un camino para que el Consejo se oxigene, y plantea que la ley argentina ya establece que toda representación política se realiza a través de los partidos. En este sentido, sostienen los defensores del proyecto, se clarificarían las posturas y propuestas de quienes luego decidirán los reglamentos judiciales y los jurados para los concursos de cargos, algo que permitiría a todos los ciudadanos un mayor control, a través del voto, de las acciones de los Consejeros de la Magistratura.

Por último, el tercer proyecto que generó discusión es el de las medidas cautelares dictadas contra el Estado. Las medidas cautelares son acciones rápidas que tienen el objetivo de proteger un derecho que corre peligro de ser vulnerado mientras es debatido judicialmente, por ende, deben durar el tiempo que dure el proceso, de lo contrario carecerían de sentido. El Ejecutivo argumenta el caso de la Ley de medios (la cual no puede implementarse porque el Grupo Clarín consigue prorrogar su aplicación a través de este recurso) y propone que las medidas cautelares contra el Estado tengan un limite de vigencia de hasta seis meses.

Esto ha despertado mucha polémica, inclusive en sectores afines al kirchnerismo, que entienden que las medidas cautelares son una herramienta para proteger los derechos de los sectores populares y en situación de vulnerabilidad. El proyecto del Ejecutivo establece la excepción para el plazo de seis meses cuando el derecho que se pretende proteger es la vida, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria. Sin embargo, el titular del CELS, Horacio Verbitsky, manifestó que era dudosa la constitucionalidad del proyecto, al contraponerse al artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Verbitsky propuso ampliar las excepciones al plazo de seis meses a “la protección del ambiente o [de los] derechos fundamentales de aquellos sobre quienes existe un fuerte interés en su protección, como los grupos en situación de vulnerabilidad, los trabajadores, los usuarios de servicios públicos”. El bloque oficialista en el Senado aceptó incluir un cambio en este sentido, aunque distinto en su redacción al que proponía el CELS: finalmente, solo se contemplarían como excepciones el concepto de “vida digna” y los derechos ambientales.

Las últimas tres propuestas consiguieron, el jueves pasado, la media sanción en el Senado, donde el oficialismo cuenta con la mayoría.

En su conjunto, este proyecto de reforma del Poder Judicial ha iniciado un debate en algunos sectores, pero uno que parece reducirse a la posición del Gobierno (que afirma que esto constituye una “democratización de la Justicia”) y a la de la oposición, que, en su defensa feroz del republicanismo y la independencia de la Justicia, presenta la reforma como un “embate del Gobierno contra la Justicia”.

Los proyectos que apuntan a la transparencia del Poder Judicial (publicidad de las declaraciones juradas de los funcionarios, acceso igualitario al Poder Judicial y creación del registro público de causas) son medidas progresivas; sin embargo, lejos están de abarcar en su totalidad la cuestión de la “democratización de la Justicia”. Por su parte, el proyecto de modificación del Consejo de la Magistratura, si bien no apunta a un control efectivo de la ciudadanía de las decisiones de este organismo, tiene puntos positivos, como la elección a través del voto de quienes lo componen y la incorporación de profesionales de otras áreas, lo cual otorgará una visión interdisciplinaria al Consejo. El argumento de la “independencia de la Justicia”, en tanto, resulta algo endeble: la influencia política en la Justicia se ve claramente en casos como el de Marita Verón o el reciente fallo por la causa de Mariano Ferreyra.

Los otros dos proyectos de ley implican, sí, un retroceso para los sectores populares: la creación de las Cámaras de Casación no hace más que fomentar la duración de los juicios y, en consecuencia, sus costos económicos. Por su parte, el proyecto sobre las medidas cautelares contra el Estado es regresivo, no solo porque las excepciones dejan a muchos sectores sociales sin la protección garantizada por la Constitución Nacional (como los usuarios de servicios o los trabajadores estatales, entre otros), sino además porque la posibilidad de rechazar una medida cautelar porque la misma va en contra del “interés publico” habilita un alto nivel de discrecionalidad del juez, maleable a los distintos intereses políticos de los gobiernos.

En síntesis, la reforma en tratamiento se aleja de los verdaderos problemas que los sectores populares tienen respecto a la Justicia: que es costosa en términos de tiempo y dinero, de difícil acceso y compresión, poco eficaz, etc. Una verdadera democratización implicaría un proyecto integral, cuya prioridad fuera realmente el acceso de los sectores populares a la Justicia.

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